No debe estar siendo un verano común para los abogados de la empresa de videojuegos Activision. No se escucha el silencio que suele reinar durante estos meses en el imponente edificio estadounidense donde se encuentran. Toda la tranquilidad que deberían estar disfrutando durante estas fechas, se ha transformado en un persistente sonido de personas tecleando, teléfonos taladrando insistentemente y ecos de impresoras en funcionamiento, dispensando toneladas de papel. Todo ello en el mismo lugar donde años atrás podían únicamente escucharse las reverberaciones de algunos clics, perturbando el cuasi-silencio que suele reinar en unas oficinas habitualmente desiertas durante el periodo estival.
Hace apenas unas semanas atrás, el ex-dictador panameño Manuel Noriega interpuso una demanda ante el Tribunal Superior de Los Ángeles contra Activision Blizzard Inc., tal y como recoge el diario Los Angeles Times. Imposible siquiera imaginar la cara de estupefacción que tendría el director de la asesoría jurídica de la empresa cuando recibió la notificación del pleito venidero. Aquel preciso instante, seguramente, fue en el que supo que nadie se marchaba de vacaciones en 2014.
El motivo de la demanda era que se vulneraban los derechos de imagen (right of publicity) del ex-dictador Noriega en el videojuego Call of Duty: Black Ops II. Se trata de un videojuego ambientado en un futuro no tan lejano, en el que aparece el ex-dictador Noriega como ayudante del personaje antagonista del videojuego, que es un revolucionario panameño que quiere darle estopa a Estados Unidos. Verdaderamente, llega a ser un personaje con un papel relativamente importante en cierta parte de la historia que narra el videojuego.
En realidad, el Sr Noriega tiene base para la demanda (que, por cierto, presenta desde una prisión panameña). De hecho, existen precedentes bastante recientes. Uno de los más notables es el que enfrentó al grupo de música No Doubt contra la misma empresa, por la aparición de la banda en el videojuego Band Hero; así como destaca el caso de Keller v. Electronic Arts, que tuvo lugar por utilizar con total similitud a ciertos deportistas e instituciones educativas-deportivas en un videojuego de fútbol americano (Electronic Arts ha tenido que pagar una buena indemnización).
Una de las claves del caso reside en lo que podríamos entender como una transformación suficiente (transformativeness). Se trata de una figura que, en Derecho estadounidense, actúa como un límite al ejercicio de dichos derechos de imagen (o de otros derechos, como podrían ser de propiedad intelectual). En el plano de los derechos de imagen, la idea es que no existiría infracción si existiera una transformación suficientemente relevante del personaje, de manera que realmente nos encontremos ante otro distinto.
Sin embargo, no parece que esto se produzca en nuestro caso, ya que el videojuego utiliza directamente como personaje al propio Sr Noriega. Incluso éste mantiene su nombre original y el parecido físico es evidente. De esta manera, el grado de similitud es tan elevado que no cabe lugar a dudas que en el videojuego se está utilizando la imagen del Sr Noriega. El único argumento de defensa de Activision es que el Sr Noriega aparece en el videojuego como parte de una historia ficticia, realizando actuaciones que no ha llevado a cabo en la vida real, pudiendo basar en este hecho la ruptura del punto de similitud.
Para terminar, solo cabe mencionar que es sin duda un caso extremadamente curioso, pero también interesante en términos jurídicos. En él concurren videojuegos, dictadores panameños y derechos de imagen, lo que es una combinación cuanto menos atípica en lo que a Derecho se refiere. Procuraremos estar atentos a la evolución del procedimiento y, sobre todo, a cómoresuelve el tribunal finalmente.
P.D. FYI: revolotea por distintos medios una noticia sobre un caso parecido que podría resolverse igualmente en los tribunales. Se trata de la anunciada demanda de Linsay Lohan a Rockstar Games por un personaje del videojuego GTA 5 que, según defiende la actriz, está basado en ella.